sábado, 16 de diciembre de 2023

Sobre la necesidad de exceptuar la comunidad artística del CC 669/22 de la obligatoriedad de un título del nivel secundario

 (Cumpleaños 253 de Ludwig van Beethoven)

El requisito supuestamente indispensable– de un título de nivel secundario para empleados públicos resulta coherente para tareas administrativas. No es el caso en profesiones de las artes de escenario. Por esta y muchas otras razones, los profesionales en cuestión están comprendidos en un escalafón especial, el Decreto 669/22 para Orquestas, Coros y Ballets.

En la vida cultural de los pueblos, la vocación artística implicó en innumerables casos justamente un desvío de la formación escolar convencional. Eso no habla ni mucho menos de una supuesta falta de inteligencia de los artistas en cuestión. Ya que en el arte escénico no se llega a un alto nivel cuando la formación específica arranca después de los 10 años de edad, son justamente los jóvenes músicos y bailarines más talentosos, dedicados y brillantes que toman eventualmente durante su adolescencia la decisión de abandonar la escuela secundaria y consagrar sus vidas plenamente al duro camino hacia la excelencia artística. En algunos casos se presentan luego con perfiles muy altos en los concursos internacionales de oposición y antecedentes para cargos vacantes en los correspondientes elencos de las disciplinas músico instrumentista, cantante y bailarín.

Aplicar la obligatoriedad de un título de nivel secundario terminaría entonces fácilmente en el absurdo de la exclusión reglamentaria de los más destacados artistas escénicos de la Nación de los cargos de planta en cualquiera de los elencos nacionales.

Por tanto, el rubro necesita una excepción formal del mencionado requisito escolar, fuese para la aplicación generalizada o para la aplicación en casos individuales, cuando el jurado del correspondiente concurso destaque la excepcional calidad de un concursante en su disciplina, a pesar de un CV que ostente la escolaridad básica incompleta. El director del área debería poder pedir en un caso semejante una excepción personalizada y fundamentada con propiedad ante la Oficina de Empleo Público.